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Subvenciones en Linares de hasta 10.000€ para contratación juvenil compatible con el contrato de formación

 

La Cámara ofrece ayudas directas a las empresas por contratación para fomentar el empleo juvenil

Objeto de las subvenciones

El objeto de esta convocatoria es establecer el régimen para la concesión de ayudas destinadas a fomentar la creación de empleo a través de la contratación de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Requisitos

El contrato deberá encontrarse en vigor en el momento de presentación de la solicitud. Asimismo, no deben haber transcurrido seis meses entre la entrada en vigor del contrato y la fecha de presentación de la solicitud

El importe de la subvención concedida por cada contratación realizada será de 5.000,00€, no pudiendo ser en ningún caso superior. La cuantía máxima de la ayuda que podrá concederse a una misma empresa (mismo CIF) en el marco de esta convocatoria será de 10.000€, lo que supone que las contrataciones subvencionables por beneficiario no podrán exceder de dos.

La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de ésta sean beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos previstos en la normativa estatal que lo regula, y que al menos hayan finalizado la orientación vocacional dentro del Plan de Capacitación del PICE.

Se deberá garantizar un mantenimiento mínimo del empleo durante al menos los seis primeros meses, a contar desde la firma del contrato.

Únicamente se considerarán válidos a efectos de la presente convocatoria los contratos a jornada completa o tiempo completo.

¿Qué tipos de contratos se pueden celebrar?

a) Contratos indefinidos.
b) Contratos temporales por seis meses

Cuantía de la subvención

El importe de la subvención concedida por cada contratación realizada será de 5.000€, no pudiendo ser en ningún caso superior.

La cuantía máxima de la ayuda que podrá concederse a una misma empresa (mismo CIF) en el marco de esta convocatoria será de 10.000€, lo que supone que las contrataciones subvencionables por beneficiario no podrán exceder de dos.

¿Quiénes pueden solicitar la subvención?

Podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que, desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2023, hayan formalizado un contrato (según los tipos previstos en el punto tercero del Artículo 4), con jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que consten en dicho Sistema como beneficiarios en el momento de la contratación, que no hayan trabajado en el día inmediatamente anterior a la entrada en vigor del contrato y que hayan finalizado al menos la orientación vocacional del PICE.

También podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que hayan formalizado un contrato en las mismas condiciones del párrafo anterior, en fecha anterior a la entrada en vigor de la convocatoria, siempre que se produzcan estas premisas:

a. El contrato se encuentre vigente en el momento de presentación de la solicitud; y,
b. No hayan transcurrido seis meses o más entre la entrada en vigor del contrato y la fecha de presentación de la solicitud.

Dónde presentarla

Los interesados deberán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma de forma electrónica, exclusivamente a través de la Sede electrónica accesible en la dirección de internet https://sede.camara.es/sede/linares, en los términos previstos en la presente convocatoria.

La solicitud se presentará a través del formulario de solicitud habilitado a tal efecto en la referida Sede electrónica.
El texto de la convocatoria y sus correspondientes Anexos están disponibles en la citada Sede electrónica a https://sede.camara.es/sede/linares, y en la página Web http://camaralinares.es/ de la Cámara de Comercio de Linares

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación del Anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén y concluirá a más tardar el día 31 de diciembre de 2023

Plazo para resolución

La concesión de las ayudas de la presente convocatoria se realizará en régimen de concurrencia no competitiva, respetando los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación y estará limitada a las disposiciones presupuestarias.
Las solicitudes de ayuda se tramitarán y resolverán por estricto orden de entrada, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, hasta que la disponibilidad presupuestaria lo permita o hasta el 31 de diciembre de 2023.
La Cámara de Comercio de Linares resolverá la concesión o denegación de la ayuda bajo el único criterio del orden cronológico de entrada de las solicitudes, atendiendo a la fecha de registro de entrada en la Sede electrónica.

La Resolución de concesión será notificada a los beneficiarios a través de la sede electrónica de Cámara de Comercio de España https://sede.camara.es/sede/linares.

Gestión del contrato

Desde Grupo Futuro te ayudamos a gestionar el contrato de formación en alternancia, de manera que te beneficies de las bonificaciones en seguros sociales asociadas a este contrato y totalmente compatibles con las ayudas de la Cámara de Comercio.

Nota aclaratoria

Desde Grupo Futuro te recomendamos que te leas la normativa asociada a la ayuda para que puedas comprobar que efectivamente puedes ser beneficiario/a de la misma.