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El Real Decreto 1101/2024, de 29 de octubre, crea la figura de la Autoridad Independiente de Protección del Informante. El real decreto responde al mandato contenido de la Ley 2/2023 de febrero reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

 

Objetivo de la Autoridad Administrativa Independiente de Protección del Informante

La A.A.I. se constituye como un organismo público independiente, con personalidad jurídica propia y autonomía funcional en el ejercicio de sus funciones. A efectos únicamente organizativos y presupuestarios, está adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a través de la persona titular del mismo, sin que en ningún caso dicha adscripción afecte a su autonomía e independencia.

El principal objetivo de la Autoridad Administrativa Independiente de Protección del Informante (AAI) es proteger a las personas que denuncian infracciones normativas, actos de fraude y corrupción, garantizando su seguridad y confidencialidad, y asegurando que no sufran represalias por comunicar dichas irregularidades.

A través de esta protección, la AAI busca fomentar una cultura de transparencia e integridad en el ámbito público y privado, impulsando así la prevención y detección temprana de actividades ilícitas.

 

Funciones de la Autoridad Administrativa Independiente de Protección del Informante (AAI)

Las funciones de la Autoridad Administrativa Independiente de Protección del Informante (AAI) establecidas son:

  1. Protección de los informantes: garantizar la seguridad y confidencialidad e implementar medidas de apoyo y protección para los denunciantes.
  2. Recepción y gestión de denuncias: administrar el canal externo de denuncias y gestionar el sistema de comunicación.
  3. Función consultiva: brindar asesoramiento a organismos públicos y privados y emitir circulares y recomendaciones que establezcan los criterios y prácticas adecuados para el correcto funcionamiento de la Autoridad.
  4. Función sancionadora: en casos de infracciones relacionadas con la protección del informante, así como la llevanza del canal externo de comunicaciones.
  5. Promoción de la transparencia y la integridad: Impulsar una cultura de ética y transparencia y fomentar la integridad de las administraciones públicas y privadas.
  6. Coordinación con otros organismos de control: trabajar en conjunto con entidades europeas y nacionales para mejorar la eficacia en la protección y defensa de los informantes.
  7. Elaboración de la memoria anual: deberá realizar una memoria descriptiva de las actuaciones desarrolladas durante el año anterior en el ámbito de sus funciones.

En resumen, la AAI cumple una función integral que abarca la protección de informantes, gestión de denuncias, asesoramiento, sanción y fomento de la transparencia y la ética.

Entrada en vigor

El Real Decreto entró en vigor el 31 de octubre de 2024; el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».