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Con el objetivo de fomentar la contratación juvenil en la Comunidad de Madrid se han aprobado unas subvenciones en la ORDEN de 1 de junio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de entre las que se encuentra la subvención para el contrato de formación que sería la siguiente:

  • Línea 4: Impulso al contrato de formación en alternancia para personas jóvenes.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas:

  • Trabajadores autónomos
  • Empresas
  • Entidades de carácter privado sin ánimo de lucro

No podrán acogerse a las ayudas de esta subvención:

  • Las sociedades civiles
  • Las comunidades de bienes
  • Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas
  • Organismos y entidades que formen parte del sector público.

Requisitos

Requisitos que deben cumplir las personas contratadas:

  1. Ser menor de 30 años.
  2. Figurar como persona inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  3. Figurar inscrita como persona desempleada demandante de empleo el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato

Exigencias de las contrataciones

  1. El centro de trabajo deberá estar en la Comunidad de Madrid.
  2. Las contrataciones deberán formalizarse por escrito en el modelo de contrato establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal y la persona contratada deberá haber sido dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  3. Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud.

Obligaciones de los beneficiarios

  1. Tener domicilio social y fiscal en territorio español.
  2. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
  3. No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
  4. Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales de acuerdo a los establecido en la normativa reguladora.
  5. No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.

Cuantías

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2023 asciende a 12.000.000,00 €.

Las cuantías de las ayudas son:

  • 5.500 € por la contratación a tiempo completo, mediante un contrato de formación en alternancia, de cada persona desempleada menor de 30 años.

La cuantía anterior se incrementará con 500 € adicionales en los siguientes supuestos previstos:

  • Si la persona contratada es una mujer.
  • Si la persona contratada pertenece al colectivo de personas trans.

En los supuestos de contratación a tiempo parcial los importes anteriores se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida. La jornada a tiempo parcial no podrá resultar inferior al 50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

Ayuda sujeta a Régimen de minimis.

Solicitud

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Las solicitudes pueden presentarse desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

La Orden por la que se resuelve la concesión o denegación de la subvención, será notificada de forma individual a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid a las personas solicitantes, que dispondrán de un plazo de resolución de 4 meses, siendo el efecto del silencio, desestimatorio.

En Grupo Futuro estamos a tu servicio para solventar cualquier duda sobre el contrato de formación en alternancia.