Contrato de formación
Contrato de formación en alternancia
“Construye tu futuro profesional mientras aprendes de la mano de los mejores.»
¿Qué es el contrato de formación en alternancia?
El contrato de formación en alternancia es una modalidad laboral que ofrece numerosas ventajas para personas en situación de desempleo y las empresas contratantes. Su objetivo es permitir a los trabajadores combinar una actividad laboral remunerada con su formación, ya sea en formación profesional, estudios universitarios o especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
Con esta modalidad, la empresa no tiene que pagar costes adicionales en seguros sociales. El contrato de formación en alternancia es beneficioso tanto para el trabajador como para la empresa, brindando la posibilidad de adquirir nuevos conocimientos y habilidades mientras se trabaja en un entorno laboral real.
Características del contrato en alternancia
Es un contrato laboral para desempleados con más ventajas que cualquier otro contrato en vigor.
Duración
La duración del contrato será la prevista en el correspondiente plan o programa formativo, con un mínimo de tres meses y un máximo de dos años. En caso de que el contrato se hubiera concertado por una duración inferior a la máxima legal establecida y no se hubiera obtenido el título, certificado, acreditación o diploma asociado al contrato formativo, podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, hasta la obtención de dicho título, certificado, acreditación o diploma sin superar nunca la duración máxima de dos años.
Jornada
La jornada de los contratos de formación en alternancia será la suma del tiempo de trabajo efectivo en la empresa y del tiempo de formación teórica. El primer año: 65% trabajo y 35% para formación y el segundo año: 85% trabajo y 15% para formación.Podrá ser a tiempo completo o parcial.
Salario
La retribución será la establecida para estos contratos en el convenio colectivo de aplicación.En ningún caso la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Formación
El itinerario formativo se realizará con certificados de Profesionalidad y/o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
La modalidad de formación es online mediante aula virtual, acreditada por el Sepe.
Tutor empresa
La actividad formativa estará tutorizada por dos tutores, uno en el centro de formación y otro en la empresa, los cuales deben de contar con la experiencia o formación adecuadas al puesto de trabajo.
Límites
Solo podrá celebrarse un contrato de formación en alternancia por cada especialidad formativa y trabajador.No existen límites de contratos de formación en alternancia por empresa.
No existe periodo de prueba.
Ventajas para la empresa
Bonificación 91€/mes en cuotas empresariales
Bonificación 28€/mes en las cuotas del trabajador y conceptos de recaudación conjunta
Formación asociada al puesto de trabajo bonificada al 100%.
Bonificación adicional de entre 60 y 80 euros por tutorización.
Empresas de menos de 5 trabajadores 2€, máximo 40 horas /mes por alumno (80€)
Empresas de más de 5 trabajadores 1.5 €, máximo 40 horas /mes por alumno (60€)
Incentivos por transformación de contrato. 1.536€ por año en el caso de los hombres y 1.764€ en el de las mujeres.
Obligatoriedad de mantener el puesto durante 3 años.
Bonificaciones
Durante todo el contrato y sus prórrogas
- Bonificación de 91€/mes
- Bonificación de 28€/mes en las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta.
Art. 10. Las bonificaciones se aplicarán respecto del importe de las aportaciones empresariales a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes y por contingencias profesionales, así como a la cotización por los conceptos de recaudación conjunta de desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, teniendo como límite, en cualquier caso, el 100 por cien del importe de dichas aportaciones.
Se establece una cuantía de bonificación por cada mes natural. En el supuesto de que la persona trabajadora no figure en alta durante todo un mes natural completo, o la bonificación en la cotización no fuera aplicable a la totalidad de un mes natural completo, el importe de la bonificación aplicable durante dicho período mensual será el resultado de multiplicar el número de días de alta con obligación de cotizar con derecho a la bonificación durante dicho mes por el importe diario de la bonificación.
En los supuestos de contratación a tiempo parcial, las citadas cuantías se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida, sin que ésta pueda ser inferior, a efectos de la aplicación de los correspondientes incentivos, al 50 por ciento de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora comparable.
Bonificación por costes de formación
La actividad formativa en el ámbito laboral, vinculada al contrato de formación en alternancia, cuando, en los términos que se determine reglamentariamente, sea desarrollada en el ámbito de la empresa dará derecho a bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social para la financiación de los costes de la formación recibida por la persona trabajadora contratada, en la cuantía máxima que resulte de horas equivalente al 35 por ciento de la jornada durante el primer año del contrato, y el 15 por ciento de la jornada el segundo.
Cuando el contrato de formación en alternancia se formalice con personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la cuantía máxima de las bonificaciones que podrá aplicarse la empresa para la financiación de los costes de formación será la que resulte de multiplicar el correspondiente módulo económico por un número de horas equivalente al 50 por ciento de la jornada durante el primer año del contrato, y del 25 por ciento de la jornada el segundo.
Bonificación por costes de tutorización
Todas las empresas que realicen contratos de formación en alternancia se podrán aplicar una bonificación por costes derivados de tutorización.
- Empresas de 5 o más personas trabajadoras: 1,50€, máximo 40 horas/mes por alumno (60€)
- Empresas de menos de 5 personas trabajadoras: 2,00€, máximo 40 horas/mes por alumno (80€)
Tales bonificaciones por costes de tutorización se aplicarán sobre la cuota empresarial de Formación Profesional y se financiarán con cargo a la cuota de formación profesional.
Bonificación por transformación en contrato indefinido
La transformación en indefinidos de contratos formativos a la finalización de su duración inicial o prorrogada, cualquiera que sea la fecha de su celebración , dará derecho a una bonificación.
- 128€/mes en el caso de que la persona contratada sea hombre.
- 147€/mes en el caso de que la persona contratada sea mujer.
Cotizaciones 2024
Ahorro en las retribuciones
Especialidades Formativas
ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS
ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN
AGRARIA
ARTES GRÁFICAS
COMERCIO Y MARKETING
EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL
ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA
ENERGÍA Y AGUA
FABRICACIÓN MECÁNICA Y MANTENIMIENTO
HOSTELERÍA Y TURISMO
IMAGEN Y SONIDO
IMAGEN PERSONAL
INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO
INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES
LOGÍSTICA
MADERA, MUEBLE Y CORCHO
MARÍTIMO PESQUERA
QUÍMICA
SANIDAD
SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE
SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD
TEXTIL, CONFECCIÓN Y PIEL
Pasos para la tramitación
Envío de la ficha
Para iniciar el trámite del contrato para la formación en alternancia deberán enviarnos la ficha de recogida de datos, que podrán cumplimentar y enviar directamente a nuestra página web.
Presentación de la documentación
La documentación que necesariamente se debe aportar en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, es:
Código de contrato 421- 521 y 450 – 550 si el trabajador está inscrito como beneficiario en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Anexo I. Convenio de colaboración centro/empresa . Se enviará cumplimentado desde nuestro centro.
Envío de la documentación
Una vez formalizada la documentación, deben remitir al centro:
- Contrato Formativo para la formación en alternancia.
- Anexo I. Convenio de colaboración centro/empresa firmado en todas las páginas por las partes intervinientes para mayor seguridad jurídica.
- Domiciliación bancaria
- Huella del registro telemático del contrato.
Formas de envío
- Por correo electrónico a: contratos@academiafuturo.com
Preguntas frecuentes sobre el contrato de formación en alternancia
¿Cuales son las ventajas para los empleados?
– Facilita la incorporación al mercado laboral.
– Permite la adquisición simultánea de una formación teórica profesional gratuita y de gran utilidad.
– Ofrece posibilidad de Contratación hasta 2 años.
– Permite volver a ser contratado para la formación en alternancia si se cambia de actividad laboral.
– Goza de todas las coberturas básicas en materia de seguridad social incluida la prestación por desempleo.
– La formación adquirida será conducente a la adquisición del certificado de profesionalidad correspondiente.
– Si se trata de formación del Catálogo de especialidades formativas, se obtendrá una certificación.
– La formación será online guiada por tutores expertos, que estarán a disposición para resolver dudas.
– Se obtendrá un Certificado de Profesionalidad al finalizar la formación.
¿Qué requisitos tiene que cumplir la persona trabajadora?
Es posible suscribir un contrato formativo para adquirir experiencia laboral con usuarios que no cuenten con la cualificación profesional exigida por las titulaciones o certificados necesarios.
Para personas de 16 a 30 años: Este contrato formativo se puede formalizar para conseguir un Certificado de Profesionalidad de nivel 1 y 2, o una trayectoria formativa que incluya formación del catálogo de especialidades formativas.
Para personas mayores de 30 años: Pueden formalizar este contrato si cuentan con estudios universitarios, de formación profesional o certificados de profesionalidad de nivel 3. No obstante, esta limitación no aplica a personas con discapacidad o colectivos en situación de exclusión social.
Además, para poder formalizar este contrato, se deben cumplir las siguientes condiciones:
– No poseer titulación oficial relacionada con el puesto.
– No haber tenido un contrato de formación anterior del mismo nivel formativo y sector productivo.
– No haber desempeñado el mismo puesto en la empresa durante más de 6 meses, independientemente del tipo de contrato.
¿Cómo se tramita un contrato de formación en alternancia?
- Envía a través de nuestra web la ficha de recogida de datos completada.
- Cuando recibamos la ficha con todos los datos necesarios, cumplimentamos la documentación necesaria para el alta del contrato.
¿Necesitas más información?
Rellena el formulario y nosotros nos pondremos en contacto contigo para resolver todas tus dudas.
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