De conformidad con la Disposición transitoria novena del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre:
Para el ejercicio 2024, y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, las bases mínimas, máximas y tope máximo de cotización se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto. Las bases máximas y el tope máximo de las bases de cotización se fijarán aplicando el porcentaje previsto para la revalorización de pensiones.
Para el mecanismo de equidad intergeneracional, en 2024, se aplicará el tipo del 0,70 por ciento sobre la base de cotización por contingencias comunes, del que el 0,58 por ciento será a cargo del empresario y el 0,12 por ciento será a cargo de la persona trabajadora sobre la base de cotización mínima.
La base de cotización para el contrato de formación se mantiene en 1.260€ mensuales ó 42 euros diarios hasta la publicación de la subida del SMI
BASE DE COTIZACIÓN PROVISIONAL PARA 2024 aquí
Teniendo en cuenta que hasta que se publique en el BOE la subida del 5% prevista del SMI, la base de cotización será:
Base de cotización 2024 | |
DIARIO | 42€ |
MENSUAL | 1.260€ |