Según lo previsto en el ordinal 2º del apartado 1 de la disposición adicional cuadragésimo tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social –TRLGSS, para el cálculo de las cuotas de los contratos formativos en alternancia había que esperar a que se implantara la fase III.
Con fecha 17 de abril de 2024, como continuación a lo indicado en los boletines 3/2023, de 23 de febrero, y 6/2023, de 5 de mayo, se ha publicado Boletín 06/2024 en el que la TGSS nos informa que a partir del 1 de junio se implantará la fase III.
Este cálculo de cuotas afectará a las liquidaciones que se presenten en el mes de junio, cuyo período de liquidación sea igual o superior a 1 de enero de 2023.
- A partir del mes de junio de 2024, y para todos los períodos de liquidación iguales o posteriores a enero de 2023:
– La TGSS calculará para los contratos formativos en alternancia la peculiaridad 59/059.
– Para trabajadores que estén excluidos de la prestación por desempleo, se informará, además, la peculiaridad 09/004 (exclusión por desempleo).
- Para las liquidaciones ordinarias, la TGSS calculará automáticamente la cuota fija.
Para aquellos trabajadores cuya base de cotización por contingencias comunes sea superior a la base mínima establecida para el grupo de cotización 7, se calculará también una cuota adicional sobre el importe que exceda de dicha base de cotización.
“Esta cotización por exceso se aplicará a todas las contingencias, excepto al MEI”
- El exceso de base de cotización de contingencias comunes se determinará a nivel de tramo, en proporción al número de días cotizados del mismo.
- A partir del mes de junio de 2024 deben de incluirse en las liquidaciones las bases de los trabajadores que se encuentren en situación de vacaciones retribuidas y no disfrutadas correspondientes al mismo mes de la baja, aunque el importe de la base de cotización no supere la base mínima.
MUY IMPORTANTE
La TGSSS ha informado que, para no interferir en este proceso de regularización, no se deberán enviar liquidaciones complementarias para los periodos entre 01/2023 a 04/2024, ambos inclusive.
En el próximo Boletín Noticias RED se darán las instrucciones correspondientes al proceso de regularización de las cuotas ingresadas hasta la implementación de la Fase III.