Son muchos los autónomos dedicados al alojamiento turístico, ya sea alquilando sus propias viviendas o gestionando un hotel, hostal o casa rural, que a la hora de hacer el registro de huéspedes solicitan una copia del DNI. Por ello, es importante que sepan que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) está imponiendo multas a aquellos que fotocopian o escanean el DNI de sus inquilinos.
La AEPD ha recordado que esta práctica, ampliamente extendida entre miles de negocios dedicados a los alojamientos turísticos, es ilegal. De hecho, las multas impuestas por la agencia suelen incrementarse en la época estival superando, incluso, los 100.000 euros.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) está prestando especial interés a los alojamientos turísticos para que no fotocopien el DNI de sus clientes, una práctica que vulneraría la legislación en esta materia, tal como recalca la Agencia. En este sentido, argumentaron que sólo deben obtener los datos imprescindibles, y no todos los que se recogen en el carnet.
Así, desde la AEPD explicaron que la información que recopilen los negocios sobre sus clientes debe ser la “adecuada, pertinente y limitada a la necesidad para la que fueron recabados, de tal manera que, si el objetivo perseguido puede alcanzarse sin realizar un tratamiento excesivo de datos, así debe realizarse”, explicaron.
En el caso de los alojamientos turísticos, la ley obliga a los autónomos y negocios a solicitar algunos datos a sus huéspedes, para después remitirlos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Algunos de ellos son los siguientes:
- Número de DNI.
- Fecha de expedición del Documento Nacional de Identidad.
- Número de soporte.
- Dirección.
- Nombre, primer y segundo apellido.
- Fecha de nacimiento.
- País de nacionalidad.
El resto de la información contenida en el documento de identidad no es necesaria, por lo que fotocopiar el DNI constituye una vulneración del derecho a la protección de datos de los huéspedes. Por ello, la AEPD está sancionando especialmente al sector turístico (debido a la época en la que nos encontramos), pero esto es aplicable a todos los sectores, ya que, únicamente se deben recoger los datos necesarios para el servicio concreto, como especifica la Agencia.
La legislación contempla multas administrativas para los negocios de hasta 20 millones de euros, o de un máximo del 4% del volumen de negocio total anual del ejercicio anterior. Aunque, no siempre es así, sobre todo en las primeras ocasiones, donde las multas suelen ser más reducidas, como la sanción que la AEPD impuso hace un año a un negocio dedicado al alojamiento turístico por fotocopiar el DNI de sus huéspedes, que ascendió a 2.000 euros.
Todo, en un contexto donde cada vez más autónomos están siendo sancionados por incumplir la protección de datos. En concreto, los últimos datos publicados por la AEPD, correspondientes a 2023, mostraron un incremento del 35% en las denuncias que reciben los negocios, con especial mención a los negocios dedicados al hospedaje de viajeros.
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